Certificado Covid: controles del 1 de febrero al 31 de marzo

Obligatorio presentarlo en formato digital o impreso en los entes públicos

ISISTL
ISISTL Russell Newton
24 Febbraio 2022 21:15
Certificado Covid: controles del 1 de febrero al 31 de marzo

Conforme a lo dispuesto en el artículo 9 bis del Decreto de Ley del 22 abril 2021, n. 52, modificado por la ley del 17 junio 2021, n. 87 del Decreto de Ley de enero 2022 n. 1, a partir del martes 1 febrero 2022, la posesión de la certificación verde Covid-19 (Cerificado Covid) en formato digital o impreso será obligatoria para el acceso en las oficinas públicas. Las nuevas disposiciones permanecerán en vigor hasta el 31 de marzo de 2022. Los niños menores de 12 años están exentos del requisito del Certificado Covid.

El personal encargado realizará los controles a través de la app VerificationC19, desarrollada por el Ministerio de Sanidad. A partir de los 6 años, sigue siendo obligatorio llevar mascarilla, medir la temperatura e higienizar las manos en la entrada. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9, apartado 2, del Decreto de Ley n. 52, del 22 de abril de 2021, revisado, con modificaciones, por la Ley n. 87, de 17 de junio de 2021, el Certificado Covid se expide para demostrar una de las siguientes condiciones:

a) vacunación anti-SARS-CoV-2 al final del ciclo prescrito;

b) curación de la COVID-19, con contextual fin del aislamiento prescrito como resultado de la infección por SARS-CoV-2, dispuesto de conformidad con los criterios establecidos en las circulares del Ministerio de Sanidad;

c) efectuación de test de antígeno rápido o molecular con resultado negativo al virus SARSCoV-2.

No se requiere, en cambio, la posesión de una de los Certificados Covid-19 en las siguientes situaciones:

• Por necesidades de seguridad (despachos abiertos al público de las Fuerzas de Policía locales para actividades institucionales inaplazables, prevención y represión de los delitos);

• Por necesidades de justicia (despachos de servicios sociales sociosanitarios exclusivamente para la presentación inaplazable y urgente de denuncias por parte de personas víctimas de delitos o de demandas de intervención judicial para proteger a personas menores de edad o incapacitados, así como para permitir el desarrollo de actividades de investigación o judicial para las que sea necesaria la presencia de la persona convocada).

Tradotto da: Alice Giacinti, Giulia Iocca, Edoardo Ribeiro e Elena Tuveri della classe 5G Linguistico dell’Istituto Russell-Newton

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